Procedimiento Maritimo Administrativo y Contencioso-Administrativo

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Procedimientos Marítimo Administrativos y Contencioso-Administrativos sobre Detención Portuaria en España

Los Procedimientos Marítimo Administrativo y Contencioso- Administrativos que surgen tras la detención del buque, deben ser seguidos por abogados marítimos españoles con la suficiente preparación y representación de sus mandantes.

Esto significa siempre será necesario un poder de representación debidamente apostillado (de acuerdo con el Convenio Haya de 1961). De lo contrario, el cliente no sería tomado como contraparte en los procedimientos instruidos de oficio por la Administración Marítima. No se aceptaría su personación en el expediente administrativo.

 

Procedimiento Marítimo Administrativo de Detención por la Administración Marítima Portuaria

El procedimiento Marítimo Administrativo de indemnización o sanción, presenta particularidades que lo diferencian de otros, por las normas que aplica.

Básicamente, la legislación marítimo administrativa que las Autoridades Portuarias y las Capitanías Marítimas aplican para llevar a efecto la detención del buque y establecer cuál ha sido la infracción cometida o método de reparación del daño causado, es la LPEMM/2011.

Establece dicha Ley y, en general, nuestro Ordenamiento Jurídico, que todos los expedientes han de regirse por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP/2015), que entró en vigor en octubre de 2016. Esta y otras leyes, determina las reglas básicas del procedimiento Marítimo Administrativo sancionador y las más generales que se aplicarán en la instrucción y resolución de cualquier expediente administrativo.

Ha tenerse presente que muchos de los expedientes (la mayoría), se resuelven negativamente en las primeras instancias de la Administración Marítima e, inevitablemente, han de ser recurridos en alzada ante el Ministerio de Fomento. Cuando no se atiende a las peticiones de nuestros clientes en sede administrativa, es receptivo recurrir a los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-administrativo.

 

Procedimiento Contencioso-administrativo en España

Por otro lado, la jusrisdicción Contencioso-administrativa (Juzgados locales, Tribunales Superiores de Justicia de las Regiones Autonómicas de España, etc.) tiene su un Derecho Procesal específico. Revisan las resoluciones administrativas a través del recurso contencioso-administrativo apropiado (primera instancia, apelación, etc.).

La Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, es la norma de referencia. No obstante, el trasfondo del asunto siempre tendrá hechos y fundamentos marítimos que requerirá conocimientos técnicos en esta materia. En particular, la detención portuaria de buques requiere comprender muchos conceptos relacionados con el derecho marítimo nacional e internacional y con la náutica.

GMM Abogados | Maritime Class Net, cuenta con Abogados maritimistas expertos, con Consultores y Comisarios de Averías. Todo el equipo aporta sus conocimientos para asistir correctamente a los clientes. Y lo hacemos en todos los puertos y tribunales de España, desde el principio. En resumen, los gastos legales siempre termonan siendo una buena inversión.

 


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Envíenos copia de las notificaciones y los documentos que posea o un borrador con los hechos. Indíquenos el importe solicitado, los datos del buque o embarcación, su situación y el puerto en el que se encuentra. Le responderemos de inmediato con nuestra opinión legal sobre el expediente y con el mejor precio posible

 


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